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Tuesday, March 10, 2009

EL PRESUPUESTO ECONÓMICO PERSONAL Y SU USO

Carta Circular a los religiosos de la Tercera Demarcación
Congregación Provincial

Estimados hermanos:

Comenzando un nuevo curso, hay cosas que habitualmente se renuevan de forma mecánica, sin hacer una mínima reflexión sobre las mismas. Entre muchas de ellas está, como viene siendo habitual, la cantidad del presupuesto personal de los religiosos de la provincia.

Cada año en la Congregación renovamos la cuantía, aplicando el IPC (índice de precios al consumo) oficial, entendiendo que es un método de mantenimiento, más o menos objetivo de la “capacidad adquisitiva” que supone nuestro presupuesto anual de dinero para gastos personales. Pero siempre quedamos insatisfechos de esta “objetividad”.

El presupuesto personal es una previsión de gastos del religioso, por eso lo de “presupuesto”, pero no es nunca un “derecho” a una cantidad. Nuestro voto de pobreza exige el “no tener” y, a la vez, ser atendidos por la comunidad en las necesidades personales básicas.

Es cierto que hay algunos religiosos que al final del ejercicio entregan lo que les “sobra” de su presupuesto para las misiones o para alguna obra de caridad. Pero, a la vez, hay algún religioso que el día 1 de enero pide la totalidad de su presupuesto al administrador. Supongo, y pensando bien, que por evitar las molestias de “tener que pedir” cada vez que necesita algo. Luego presumimos de Calasanz, quien nos dijo que “amáramos la venerable pobreza … como a la más firme defensa de nuestra Congregación” (CC 137, recogido también en las Constituciones, nº 75).

“Jesús se hizo pobre, por nosotros. Por supuesto que hay un aspecto espiritual o místico en ello, pero también hay una realidad material: Él, de hecho, emplea su pobreza como argumento para aclarar que el seguimiento no se hace de cualquier manera (vg. Lc 9, 57ss; Lc 5, 27s). De hecho, nuestra pobreza (C 63) se fundamenta en el seguimiento de Cristo pobre.

Calasanz utilizando el lenguaje de su época nos habla de una pobreza que no sólo afecta lo personal (donde explica hasta las dimensiones de la habitación y de lo que puede disponer el religioso), sino también lo colectivo: no se aceptan bienes que den rentas, ni poner cepillos. Se vive de las limosnas que se obtienen mendigando una vez cada año o las que llegan sin ser solicitadas, pero sin acumular: “si la necesidad no apremia, no se acepten limosnas” (CC 142). Es decir: como mucho una provisión anual. Pura confianza en la Providencia” (Carta sobre la pobreza del Superior Vicarial de Guinea Ecuatorial y Gabón).

Dicho todo lo anterior,

- Pedimos a los religiosos responsabilidad en el uso del presupuesto personal.
- Recordamos que todos estamos llamados a dar testimonio de vida austera y a vivir nuestro voto de pobreza de forma visible, para que pueda ser ante los demás testimonio de nuestra opción.
- Pedimos a los religiosos que en ningún caso pidan al administrador de la comunidad todo el presupuesto al principio del año, y a los Rectores y Administradores les rogamos que no colaboren con estas formas que nos son tan ajenas.
- Establecemos el presupuesto personal para este año, como figura en los presupuestos económicos, igual para todos los religiosos, profesos de solemnes o que estén ya en comunidad. Los juniores seguirán a este efecto la normativa establecida en el proyecto de formación del Juniorato.
- También rogamos a los PP. Rectores que no introduzcan ninguna costumbre en comunidad que se salga de los criterios establecidos para todos los religiosos, como regalos de Reyes o Navidad que excedan lo que pueda considerarse un mero detalle.
- En ningún caso se entregará el dinero establecido para libros para otra cosa que no sean libros y formación, estando obligado el religioso a justificar el gasto mediante el correspondiente justificante (ticket de caja o factura) y el ecónomo de comunidad a exigir dicha justificación y a tenerla disponible en los asientos de la contabilidad de la comunidad.
- Por último recordar que ningún religioso ha de tener ninguna cuenta bancaria ni nada parecido;, en casos de necesidad, por razones muy extraordinarias, habrá de comunicarse al P. Provincial para su autorización.

Esperando que todo esto nos ayude a una mayor fidelidad a nuestra personal opción de seguimiento del Señor, atentamente

(Firmado por el P. Provincial y el Secretario Provincial)
Tercera Demarcación de España, enero 2009

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